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Tema: Algun contador o alguien que desarrolle software para el exterior?

  1. #21
    Avatar de raviol
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    Cita Iniciado por seba_uy Ver mensaje
    Una cosa es la forma jurídica de la empresa (unipersonal, SRL, SA, etc) y otra cosa es a qué se dedica (servicios personales).

    Con respecto a la forma jurídica, la SRL implica tener por lo menos dos socios, pero eso no sería un impedimento, hablás con algún familiar/amigo para que figuren como socios sin actividad y con una porción mínima de las cuotas sociales.
    Con respecto a que las unipersonales sigan sin pagar IRAE, no sabría decirte, pero supongo es porque no se enteraron del cambio y están en falta.

    Con respecto a servicios personales, son aquellos que en principio tributan IRPF, o sea que sus rentas están generadas por el trabajo (a diferencia del IRAE en el que las rentas están generadas por una combinación de capital y trabajo).

    En el caso del desarrollo de software, la DGI considera que el uso de equipos de computación es esencial para la prestación del servicio por lo que estarías combinando capital y trabajo y te correspondería tributar IRAE.
    Bueno respecto a eso tengo mis dudas en el caso de que la empresa me dé los equipos o si los pongo yo. Pero no sabría que % es cada cosa como para negociar lo que me convenga más. Por Algún lado escuche que irae era un 9,23 y que irpf es menos, pero en ningún lugar tuve una respuesta exacta
    Gaming: AMD Ryzen 9 5900x @ CoolerMaster MasterLiquid 360 | ASUS ROG Strix B550-F | 32GB DDR4 @ 3200mhz Corsair Vengeance LPX | EVGA Nvidia GeForce RTX 3080 FTW3 Ultra | Inland Platinum 2TB NVME PCI-E Gen3 | Kingston NV1000 1TB NVME PCI-E | WesternDigital Green 1TB HDD | ThermalTake View 51 @ 10 CoolerMaster MasterFan MF120 Halo | TurzX 3.5 USB Temp Monitor | Gigabyte UltraDurable 1300W Gold | Corsair K70 Core RGB Keyboard | Razer Deathadder ProV2 Mouse | Razer Nasri Headset | Xbox Series X Controller | Logitech Z625 2.1 | LG 50UP7500 LED 50" 4K + Samsung 32" LED FHD

    Server: Intel Core i5 11400F @ CoolerMaster MasterLiquid 120 | ASUS Prime Z590-V | 32GB DDR4 @ 3200mhz Netac | Zotac Nvidia GeForce GTX 1060 3GB | Beyimei PCI-E 20x SATA | Western Digital 500GB SATA m.2 | Kingston 120GB SSD SATA | 158 TB HDD (20) Total Storage | EVGA G5 850W Gold | Antec Twelvehundred | Logitech M190 | Cougar Deathfire EX Keyboard | LG Flatron 22" Wide

    Retro: Intel Core 2 Duo E7300 @ Stock | AsRock Wolfdale G31 | 4GB DDR2 800mhz Marklvision | EVGA Nvidia GeForce 9400GT 1GB | Western Digital 500GB 2.5 HDD | DVD-RW SATA | ThermalTake PurePower 600W | Cougar Deathfire EX Mouse | Cougar Pioneer | Dell 15" LCD

    Gear: MacBook Air 2020 M1 @ Logitech G305 + Marvo KG953 Keyboard | iPhone 13 Pro Max 256GB @ Razer Kishi | iPad 6th gen 32GB | iPod Classic 80GB | AirPods Pro 2 | Apple Watch SE 44mm | PlayStation 4 Pro 1TB | PlayStation 3 Slim 320GB | Raspberry Pi 4 4GB @ Mayflash F300 Arcade Stick | Creality Ender 3 V3 KE

  2. #22
    Avatar de Evo
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    Cita Iniciado por seba_uy Ver mensaje
    Una cosa es la forma jurídica de la empresa (unipersonal, SRL, SA, etc) y otra cosa es a qué se dedica (servicios personales).
    Servicios personales hace referencia al impuesto que tributa.

    Con respecto a la forma jurídica, la SRL implica tener por lo menos dos socios, pero eso no sería un impedimento, hablás con algún familiar/amigo para que figuren como socios sin actividad y con una porción mínima de las cuotas sociales.
    Toda sociedad requiere un mínimo de dos personas.

    Con respecto a que las unipersonales sigan sin pagar IRAE, no sabría decirte, pero supongo es porque no se enteraron del cambio y están en falta.
    Que sea unipersonal no te dice que impuesto pega, eso es cosa aparte

    Con respecto a servicios personales, son aquellos que en principio tributan IRPF, o sea que sus rentas están generadas por el trabajo (a diferencia del IRAE en el que las rentas están generadas por una combinación de capital y trabajo).
    IRPF se paga en caso de ser dependiente, estas mezclando impuestos


    En el caso del desarrollo de software, la DGI considera que el uso de equipos de computación es esencial para la prestación del servicio por lo que estarías combinando capital y trabajo y te correspondería tributar IRAE.
    No tiene nada que ver


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  3. #23
    Avatar de seba_uy
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    Cita Iniciado por Evo Ver mensaje
    Servicios personales hace referencia al impuesto que tributa.
    Está dicho mas abajo en mi posteo.

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    Toda sociedad requiere un mínimo de dos personas.
    Exacto.

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    Que sea unipersonal no te dice que impuesto pega, eso es cosa aparte
    También está dicho, IRAE si combina capital y trabajo, IRPF si es solo trabajo.

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    IRPF se paga en caso de ser dependiente, estas mezclando impuestos
    No es así, yo no soy dependiente y pago IRPF.
    De nuevo, que pagues IRPF o IRAE va a depender de si combinás capital y trabajo o no (salvo un par de formas jurídicas que tributan siempre IRAE)

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    No tiene nada que ver

  4. #24
    Avatar de seba_uy
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    Bueno respecto a eso tengo mis dudas en el caso de que la empresa me dé los equipos o si los pongo yo. Pero no sabría que % es cada cosa como para negociar lo que me convenga más. Por Algún lado escuche que irae era un 9,23 y que irpf es menos, pero en ningún lugar tuve una respuesta exacta
    La tasa de IRAE es siempre de 25% aplicada sobre la renta fiscal, el tema es como llegás a esa renta. Existe un régimen ficto y uno real. Suponiendo que por año facturas menos de 2 millones de UIs la renta ficta se calcula como el 13,2% de las ventas menos los sueldos fictos por los que aportás. Al resultado de eso se le aplica la tasa. Es menos del 3%.
    Independientemente de esto, pagas un IRAE mínimo todos los meses que anda en los 5.000 pesos el primer año y después puede aumentar en función de la facturación.

    IRPF va a depender de cuánto factures ya que las tasas van por franjas.

  5. #25
    Avatar de Evo
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    Podes tener una empresa unipersonal y pagar IVA minimo, o IVA general, vos elegís al momento de inscribirte, se puede cambiar también en cualquier momento

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  6. #26
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    Tenes que abrir una empresa unipersonal (servicios personales).
    Yo tengo asignada la actividad 62010 "Actividades de programación informática".
    En el caso del fonasa 4.5% si es solo vos, con hijos o cónyuge que le des el beneficio es más.
    Si es tu única actividad y no tenes trabajo dependiente siempre tenes que mínimo aportar de fonasa el valor del CPE (costo promedio equivalente) de ese periodo, de lo contrario el valor que de.
    El BPS es 22.5% y 0.125% del fondo de reconversión laboral, estos porcentajes es el aporte mínimo en base a 11 BPC (base ficta de contribución).
    Después el tema del IRPF o IRAE depende de los montos que facturas que te conviene más.
    El IRAE es el 25% sobre todo lo facturado y siempre tenes que adelantar un aporte mínimo mensual.
    El IRPF es sobre el 70% de lo facturado (el 30% es deducción de gastos) y sobre ese 70 se le aplican las franjas.

    Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
    i5 9500T | Noctua NH-L9x65 | 16Gb 3000Mhz Vulcan | Gigabyte Z370N WIFI | Crucial P1 500Gb | Intel 660P 512Gb | Corsair HX650 | Thermaltake Core V1 | Intel UHD 630 :-(
    MBP Mid-2015 | i5 5257U @ 2.7Ghz 8Gb 1866Mhz Iris 6100 Samsung 256Gb NVMe

  7. #27
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    Seria una unipersonal que tributa iva servicios personales, pero no se toma como exportacion de servicio (los que no pagan iva) me parece...

    Edit: Numeral 11, art 34, capitulo III Decreto N° 220/998


    Cita Iniciado por goon Ver mensaje
    Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
    Habría que consultar ese decreto porque creo que esa actividad si va con IVA



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  8. #28
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    https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,i...onales;32;PAG;

    Casos particulares:

    Si presto servicios a clientes del exterior, ¿debo pagar el IVA servicios personales?

    Los servicios que se presten al exterior se considerarán una exportación de servicios (no se aplica IVA), sólo si cumplen las condiciones requeridas en los distintos numerales del artículo 34 del Decreto N° 220/998. Si no se encuadran en estos numerales, no será una exportación de servicios y por lo tanto debe considerarse gravado con el IVA.
    Aclaración: el IVA de compras asociado a operaciones de exportación se puede deducir aunque dichas ventas no están gravadas.
    https://www.impo.com.uy/bases/decretos/220-1998

    Artículo 34
    Exportación de servicios. Las operaciones comprendidas en el concepto de
    exportación de servicios son:
    ...
    11. Los siguientes servicios prestados a personas del exterior:

    a) Los servicios de asesoramiento prestados en relación a actividades
    desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente
    fuera de la República.

    Quedan comprendidos en este literal los servicios de carácter
    técnico, prestados en el ámbito de la gestión, administración, técnica
    o asesoramiento de todo tipo, y los servicios de consultoría,
    traducción, proyectos de ingeniería, diseño, arquitectura, asistencia
    técnica, capacitación y auditoría. (*)

    16. Procesamiento de datos, en tanto tales datos correspondan a
    actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados
    económicamente en el exterior de la República, y siempre que el
    producto de dicho procesamiento sea aprovechado exclusivamente en dicho ámbito espacial.
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  9. #29
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    Cita Iniciado por goon Ver mensaje
    Tenes que abrir una empresa unipersonal (servicios personales).
    Yo tengo asignada la actividad 62010 "Actividades de programación informática".
    En el caso del fonasa 4.5% si es solo vos, con hijos o cónyuge que le des el beneficio es más.
    Si es tu única actividad y no tenes trabajo dependiente siempre tenes que mínimo aportar de fonasa el valor del CPE (costo promedio equivalente) de ese periodo, de lo contrario el valor que de.
    El BPS es 22.5% y 0.125% del fondo de reconversión laboral, estos porcentajes es el aporte mínimo en base a 11 BPC (base ficta de contribución).
    Después el tema del IRPF o IRAE depende de los montos que facturas que te conviene más.
    El IRAE es el 25% sobre todo lo facturado y siempre tenes que adelantar un aporte mínimo mensual.
    El IRPF es sobre el 70% de lo facturado (el 30% es deducción de gastos) y sobre ese 70 se le aplican las franjas.

    Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
    Con respecto a esto, el Titulo IV del Texto Ordenado (IRAE) dice lo siguiente:

    En relación a este apartado, se entenderá que no existe actividad empresarial cuando:

    ii) En el caso de la prestación de servicios, la actividad personal se desarrolle
    utilizando exclusivamente bienes de activo fijo aportados por el prestatario.
    Si los equipos los pone él, entonces hay actividad empresarial por lo que se tributa IRAE. Si los equipos los pone la empresa que trabaja, entonces no hay actividad empresarial y se tributa IRPF (servicios personales).

    Solo en el caso de que tribute IRPF, le sirve la unipersonal. Por eso, antes que nada hay que ver quién pone esa computadora.

  10. #30
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    Solo en el caso de que tribute IRPF, le sirve la unipersonal. Por eso, antes que nada hay que ver quién pone esa computadora.
    No entendí eso, si no es una unipersonal que querés que abra si es el solo?



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  11. #31
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    Hablás con un amigo o un familiar y abrís una SRL. Los ponés como socios sin actividad y no pagan aportes.

    También puede abrir una SAS, pero las están cobrando mas caras que las SRL.

  12. #32
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    Es una chanchada abrír una SRL cuando es el solo y puede solucionarse con una unipersonal.

    Con el tema del IRPF o IRAE cada caso es particular.
    No sé si alguien siquiera lo controla, pero todo tiene sus grises.

    El podría aducir por ej. que la computadora no la utiliza para el desarrollo por el que cobra sino que es un medio de comunicación que le facilita conectarse a un VPN remoto y en ese caso los recursos que utiliza para la actividad es un hardware remoto que provee la empresa.

    EDIT. Igualmente resumiendo la posta la tiene la DGI tendrías que llamar o agendarte para ir.
    Última edición por goon; 29-05-2020 a las 01:16 PM
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  13. #33
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    El tema es que justamente no puede solucionarse con una unipersonal porque queda afuera de la exoneración y se va a clavar pagando 5 mil pesos por mes de IRAE por lo menos.

    Con respecto a que no usa la computadora para el desarrollo, DGI no te lleva esa, si te cae una inspección marchás seguro.
    Ahí la única chance es que el que te contrata te provea del equipo y ahí si meter unipersonal de servicios personales y tributar IRPF.

  14. #34
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    Lo de la computadora no me preocupa, lo arreglo segun lo que me haga pagar menos. 5 mil pesos de IRAE no sería demasiado, siempre y cuando sea el unico impuesto más allá del fonasa. El tema es que no se cuanto IRPF seria en el otro caso.

    La facturación pongamosle unos 4 mil dolares mensuales. No tengo los números finales, pero en el mejor de los casos seran 4500 y en el peor unos 3500/3800.
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    Retro: Intel Core 2 Duo E7300 @ Stock | AsRock Wolfdale G31 | 4GB DDR2 800mhz Marklvision | EVGA Nvidia GeForce 9400GT 1GB | Western Digital 500GB 2.5 HDD | DVD-RW SATA | ThermalTake PurePower 600W | Cougar Deathfire EX Mouse | Cougar Pioneer | Dell 15" LCD

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