Artículo 34
Exportación de servicios. Las operaciones comprendidas en el concepto de
exportación de servicios son:
...
11. Los siguientes servicios prestados a personas del exterior:
a) Los servicios de asesoramiento prestados en relación a actividades
desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente
fuera de la República.
Quedan comprendidos en este literal los servicios de carácter
técnico, prestados en el ámbito de la gestión, administración, técnica
o asesoramiento de todo tipo, y los servicios de consultoría,
traducción, proyectos de ingeniería, diseño, arquitectura, asistencia
técnica, capacitación y auditoría. (*)
16. Procesamiento de datos, en tanto tales datos correspondan a
actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados
económicamente en el exterior de la República, y siempre que el
producto de dicho procesamiento sea aprovechado exclusivamente en dicho ámbito espacial.